El Municipio y el INSS establecen un protocolo que facilita el trámite para la tramitación del Ingreso Mínimo Vital

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El Municipio y el INSS establecen un protocolo que facilita el trámite para la tramitación del Ingreso Mínimo Vital


FACILIDAD EN SU TRAMITACIÓN

  • Los demandantes del Ingreso Mínimo Vital no deberán desplazarse presencialmente a las oficinas municipales para conseguir el certificado de empadronamiento que requiere la tramitación de esta prestación social
  • Se trata de un procedimiento afín al que se ha usado para la matriculación en centros enseñantes este año. Los progenitores o bien tutores no han debido desplazarse a las oficinas municipales
  • El Municipio trabaja para impulsar los procedimientos en los que otras administraciones requieran información o bien documentación

El Municipio de Leganés y la Dirección Provincial del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) han establecido un protocolo de cooperación a fin de que los demandantes del Ingreso Mínimo Vital no deban desplazarse presencialmente a las oficinas municipales para conseguir el certificado de empadronamiento que requiere la tramitación de esta prestación social.

Mediante el procedimiento establecido los demandantes van a poder dar al INSS su permiso a fin de que este organismo pueda recabar esa información del Municipio, que lo remitirá de forma directa a la Dirección Provincial del INSS que es la persona que tiene encomendada la resolución de las peticiones que se presenten en la capital de España para acceder al Ingreso Mínimo Vital.

Este procedimiento es afín al que se ha empleado para la matriculación en centros enseñantes a lo largo de este año. En un caso así, la información y la documentación precisa para la matriculación relacionada con el Padrón Municipal de Habitantes han sido remitidas de forma directa a los centros, conforme lo acordado en el Servicio de Apoyo a la Escolarización.

De esta forma los progenitores o bien tutores no han debido desplazarse a las oficinas municipales o bien pedir por medios telefónicos o bien telemáticos el pertinente justificante de empadronamiento para su entrega así como la petición de admisión.

El Municipio trabaja en impulsar estos trámites Esta práctica responde a un orden legal establecido por la ley treinta y nueve de dos mil quince. Conforme notifica la Concejal Encargada de Salud, Consumo, Régimen Interior y Trasparencia, Concepción Saugar Vera, «el Municipio de Leganés tiene pretensión de impulsar todos y cada uno de los procedimientos en los que otras administraciones públicas requieran información o bien documentación existente en el Municipio». Concepción Saugar remarca que el cumplimiento riguroso de esta regla estatal debe ser un propósito indefectible de todas y cada una de las administraciones. «Considerablemente más en una situación como la presente en la que la atención presencial y el contacto físico suponen un peligro latente para la salud de la ciudadanía», ha indicado.

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